martes, 8 de mayo de 2012

Desplazamiento Forzado:Derechos Humanos y políticas públicas

Número 27/Mayo - Agosto 2012
Danny Mauricio Suárez Morales

El desplazamiento forzado en Colombia ofrece una clara radiografía y expresa la intensidad del conflicto armado interno que afronta una grave crisis humanitaria, la exclusión social, pobreza, inequidad y la violación masiva y generalizada de los derechos humanos que no distingue sexo, edad, raza, etnia, religión, región, condición física, ni orientación sexual.

Colombia, con 3.875.987 de personas en situación de desplazamiento forzado por la violencia y que representan 905.114 hogares, es el segundo país en el mundo con mayor número de población en situación de desplazamiento forzado por la violencia después de Sudan que ha generado 4.9 millones de personas desplazadas.

Esta situación critica constituye a la población desplazada en el país como uno de los sectores poblacionales en estado de vulnerabilidad extrema, siendo las principales víctimas de esta grave crisis humanitaria los niños, niñas y adolescentes, las mujeres y las minorías étnicas - indígenas y afrodescendientes, que ven a diario como sus derechos fundamentales son sistemática, masiva y prolongadamente vulnerados sin que el Estado pueda prevenir y proteger sus derechos.

A nivel internacional, como en Colombia, esta situación provoca la ruptura familiar, corta los lazos sociales y culturales, pone término a la generación de ingresos, perturba las oportunidades educativas, niega el acceso a necesidades vitales como la alimentación, la vivienda y salud, y expone a personas inocentes a actos de violencia que violan generalizadamente sus derechos.

indigenas colombianos desplazados. Fuente: ONU"



La cifra de desplazados a nivel mundial alcanza los 27.500.000  personas, y esto ha llevado a las autoridades supranacionales a realizar un esfuerzo por encontrar un marco normativo e institucional apropiado para la protección de los derechos de las personas desplazadas en todo el mundo, que se concretó con la presentación en 1998 de los Principios Rectores de los Desplazamientos Interno, que tienen por objeto tratar las necesidades específicas de los desplazados internos de todo el mundo, determinando los derechos y garantías necesarios para su protección.

Desplazamiento forzado: víctimas del conflicto armado

El conflicto armado interno, como factor principal del desplazamiento forzado, tiene una antigüedad de aproximadamente cinco décadas, con un ascendente proceso de degradación de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario. En décadas anteriores la búsqueda de mejores condiciones de vida y las persecuciones por motivos ideológicos o políticos, fueron los principales factores de los desplazamientos internos de población en Colombia, es el caso de la masacre de las bananeras en 1928; de la explotación cauchera en la década de los treinta, la violencia de los años cincuenta generada por la lucha del control político, económico y social del país entre los dos partidos políticos más tradicionales del país; la represión de los años sesenta sobre las áreas rurales y la actividad guerrillera permanente, acompañada por estrategias contrainsurgentes.

En décadas más recientes, los enfrentamientos y atentados en las zonas petroleras han llevado al desalojo de habitantes; además, la influencia económica del narcotráfico y el surgimiento de grupos de autodefensa para proteger, principalmente, los intereses en minería, ganado y agricultura en la década del ochenta, tanto la tierra como el territorio han ido adquiriendo distintas valoraciones que van más allá de la tradicional explotación agropecuaria. Históricamente, el desplazamiento poblacional ha sido usado como una táctica de guerra.

La Ley 387 de 1997 define a los desplazados como personas que se han visto forzadas a migrar dentro del territorio nacional abandonando su localidad de residencia o actividades económicas habituales, porque su vida, su integridad física, su seguridad o libertad personales han sido vulneradas o se encuentran directamente amenazadas, con ocasión de cualquiera de las siguientes situaciones: Conflicto armado interno, disturbios y tensiones interiores, violencia generalizada, violaciones masivas de los Derechos Humanos, infracciones al Derecho Internacional Humanitario u otras circunstancias emanadas de las situaciones anteriores que puedan alterar o alteren drásticamente el orden público.

La calificación del desplazamiento forzado como una tragedia humanitaria viene de los daños causados por el conflicto armado a las personas, familias y comunidades que durante décadas han convertido a la población desplazada en el grupo social más vulnerable entre los vulnerables, han sido despojados de millones de hectáreas de tierra, su calidad de vida se ha visto disminuida notablemente hasta llegar a niveles de pobreza extremos, la mayoría desconocen sus derechos y solo un mínimo porcentaje de la población tiene la fortuna de habitar en una vivienda digna. Pero la vulnerabilidad humanitaria se ve reflejada en el desarraigo que implica la perdida y abandono de los bienes que poseían, la ruptura de los lazos familiares, las redes sociales y culturales, y la inserción - forzada además - a contextos ajenos muy diferentes a los suyos.

Responsabilidad del estado colombiano en el desplazamiento forzoso

Es por ello, que el 22 de enero de 2004, la Corte Constitucional declaró mediante la Sentencia T-025 de 2004 la existencia de un "Estado de Cosas Inconstitucional" respecto a la situación de la población desplazada en Colombia.  Para ello, entre 2005 y 2009, la Corte Constitucional se ha pronunciado a través de diferentes "Autos de Seguimiento", de los cuales se destacan, aquellos que se refieren a los diferentes grupos poblacionales que se han visto más afectados por esta situación y quienes sufren en mayor medida la vulneración de sus derechos fundamentales, ellos son las personas y los pueblos indígenas (Auto 004 de 2009), la población afrodescendiente (Auto 005 de 2009), las personas con discapacidad (Auto 006 de 2009), las mujeres (Auto 092 de 2008), y los niños, niñas y adolescentes víctimas del desplazamiento forzado (Auto 251 de 2008).
La responsabilidad del Estado colombiano en esta situación es manifiesta en el sentido de que es el encargado de formular las políticas y adoptar las medidas para la prevención del desplazamiento forzado; la atención, protección y consolidación y estabilización socioeconómica de los desplazados internos por la violencia. Pero a pesar de lo anteriormente manifestado y lo plasmado en esta Ley, en los últimos 8 años, la problemática del desplazamiento forzado se ha incrementado notablemente.

Es importante aclarar que la realización de los derechos requiere de decisiones y medidas efectivas, así como  de la identificación y actuación sobre obligaciones en varios niveles, de esto entonces, surgen las políticas públicas, que desde una concepción entendible y comprensible en forma bastante operacional se propone entenderlas como "el conjunto de sucesivas respuestas del Estado frente a situaciones consideradas socialmente problemáticas. Con esto, se está diciendo que casi nunca una política pública es una sola decisión, y que por lo general, involucra un conjunto de decisiones que se pueden dar de manera simultanea o secuencial"

Las políticas públicas ya implementadas no han funcionado porque entre estas y los derechos humanos, hay un divorcio entre los contenidos formales y las garantías de realización efectiva de los derechos. Usualmente las políticas públicas se organizan en función de los contenidos programáticos y los intereses de las fuerzas políticas en el gobierno." De igual forma, nos podemos referir a los documentos oficiales de los gobiernos anteriores y a las declaraciones de política pública, donde no aparece por ningún lado la atención a la población en situación de desplazamiento como eje de los programas del gobierno.
Bogotá no es ajeno a esta situación, y al ser el principal centro político, administrativo, industrial, económico y cultural de Colombia, inmediatamente la convierte en la primera ciudad receptora de esta población en el país, albergando desde 1997 hasta hoy a 320.518 personas en situación de desplazamiento que representan 82.637 hogares (8.26% de la población en situación de desplazamiento en Colombia).

El drama humanitario no para de crecer

Sin embargo, este drama humanitario en vez de reducir sus cifras, tiende a aumentar y esta lejos de ser resuelto a pesar a pesar de la enorme estructura jurídica y de los grandes esfuerzos financieros que ha hecho el Estado en materia de estabilización socioeconómica destinados a subsanar las carencias básicas de la población desplazada como lo son la salud y la educación, así como el derecho a la vivienda, ya que las apropiaciones presupuestales para los programas que propenden restituir y garantizar la estabilidad económica para los hogares desplazados, ya sea en materia de generación de empleo, creación de proyectos productivos, así como en adjudicación de tierras productivas no son suficientes. De igual forma, muchos de estos proyectos y servicios tienden a presentarse como parte de la política social y están diseñados para la población que se encuentra en alto grado de vulnerabilidad y fragilidad social en general.

La situación se torna aún más preocupante, si se tiene en cuenta que las metas propuestas son insuficientes para atender a toda la población que requiere atención y que son mínimos los resultados alcanzados en materia de goce efectivo de derechos, especialmente en lo relacionado con entrega de vivienda y tierra. Los resultados obtenidos en relación con la magnitud del fenómeno, permiten determinar que los esfuerzos realizados por el Gobierno Nacional, se han quedado cortos en materia de prevención y solución del fenómeno del desplazamiento forzado por la violencia.

La problemática de la población en situación de desplazamiento expresa la intensidad de  la violencia armada en Colombia que afronta una grave situación en términos de protección de sus derechos humanos, de desarrollo humano, de pobreza e inequidad.  El desconocimiento y la indiferencia con la que se asume diariamente la problemática y la magnitud del conflicto armado y el desplazamiento forzado, hacen que una gran parte de la sociedad colombiana se sienta al margen del drama humanitario que enfrenta el país, desafiando al Estado a restituir sus derechos y para asumir las consecuencias de un conflicto armado interno de larga duración.

Esta situación no es un problema aparentemente coyuntural, puesto que las causas del desplazamiento forzado en Colombia son históricas, donde priman diversos intereses políticos, económicos, geoestratégicos y estructurales que involucran la adquisición y la tenencia de tierras, la distribución de las riquezas y la lucha por el poder.

Las buenas intenciones del Estado solo se han quedado en palabras y en buenas intenciones, ya que hay reconocer por parte de todos, que esta situación se le ha salido de las manos a las autoridades. Todas las esperanzas en este tema, quedan en manos de la nueva Ley de Víctimas (Ley 1448 de 2011) que se trata de una iniciativa que establece medidas judiciales, administrativas, sociales y económicas, individuales y colectivas, en beneficio de las víctimas del conflicto interno, que busca que tengan acceso al goce efectivo de sus derechos a la verdad, justicia y reparación con garantía de no repetición. Estas, forman un conjunto de medidas de atención y ayuda humanitaria en diferentes momentos del proceso pasando por el reconocimiento de la condición de víctima, hasta la dignificación y materialización de sus derechos constitucionales propiciando la reconstrucción de su proyecto de vida.

Danny Mauricio Suárez Morales
Profesional en Relaciones Internacionales
Especialista en Gestión Pública

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